SISTEMA
DE COSTOS:
Durante
los días 25, 26 y 27 de Noviembre se dictó una capacitación
donde se realizaron talleres para que cada una de las IPS del Departamento
implante el sistema de costos lo cual le permitirá tener
una mejor toma de decisiones en cuanto a la contratación
en la prestación de los servicios, así como también
determinar si se esta trabajando en condiciones de calidad, eficiencia
y rentabilidad.
En
esta capacitación 32 Instituciones quedaron comprometidas
a desarrollar en forma oportuna y completa el programa el cual fue
financiado por la Secretaria de Salud, la Cooperativa de Hospitales
y una mínima parte por la misma institución.
Se
espera que en un término no superior a 6 meses el sistema
este plenamente implementado toda vez que se estará haciendo
retroalimentación, seguimiento y asistencia técnica
permanente por parte de la Secretaría y también del
contratista que se encargó de ejecutar el programa.
APLICACION DEL DECRETO 1281 DE 2002
Son
tres los entes involucrados en la aplicación del Decreto
en mención el cual hace
referencia al movimiento del flujo de recursos de régimen
subsidiado en cada uno de
estos entes; por esta razón para la aplicación del
decreto se requiere :
Los Municipios en
los 10 primeros días de cada Bimestre contados a partir del
1 de Abril deben enviar la información solicitada en la circular
No de fecha la cual esta solicitando la fecha de recaudo de los
recursos por parte del Municipio y la la fecha de giro de los mismos
a las ARS. Si el Municipio no cumple con el pago a las ARS el Ministerio
de Salud procederá a girar directamente a las ARS con las
que ha Contratado el Municipio el valor correspondiente al bimestre
en forma completa y el valor de las novedades que se debieran descontar
correrá por cuenta del Municipio por cuenta del Municipio
por no haber girado a tiempo.
La IPS entregaran la información solicitada en la circular
No de fecha en los 10 primeros días del mes siguiente al
facturado a la División Financiera de la Secretaria de Salud
con el reporte del valor facturado, la fecha de radicación
de la facturación en la ARS, el valor cancelado por la ARS
a la IPS y el valor adeudado por la misma con los motivos de no
pago.
La
ARS enviará en los 10 primeros días de cada bimestre
contados a partir del 1 de abril la información solicitada
en la circular No de fecha en la cual se refleja los recursos recibidos
por la ARS y los recursos girados por la misma a las IPS con las
que ha contratado. Si la ARS habiendo recibido recursos del Municipio
no ha cancelado a la IPS, el Municipio puede proceder a pagar a
la IPS el valor facturado por la IPS y las glosas que se generen
de dicha facturación correrán por cuenta de la ARS.
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