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PLAN DE ATENCIÓN BASICA MUNICIPAL
OBJETIVOS COMO EQUIPO
DEFINICIÓN
COMPONENTES
  
 

MODELO DE ATENCION INTEGRAL BASADO EN ATENCION PRIMARIA PARA SANTANDER
EQUIPOS PROVINCIALES DE SANTANDER

 

 

OBJETIVOS COMO EQUIPO

Orientar en la formulación, ejecución, seguimiento, vigilancia y control del Plan de Atención Básica – PAB – a los municipios de Santander.

DEFINICIÓN

El Plan de Atención Básica PAB es “El conjunto de actividades, intervenciones y procedimientos de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, vigilancia en salud pública y control de factores de riesgo dirigidos a la colectividad”. Tomado del Ministerio de Salud, Resolución 04288, artículo 3 de 1.996.

El responsable en cada municipio de las acciones del Plan de Atención Básica PAB es el alcalde.

COMPONENTES

1. Promoción de la Salud.
Se concibe como un conjunto de acciones eminentemente intersectoriales y de movilización social para alcanzar mas allá de la ausencia de la enfermedad mejores condiciones de vida de las comunidades.

Proyectos y estrategias de Promoción de la Salud, promovidas por el Ministerio de Salud basado en el análisis de los principales problemas de salud del país, metas de salud pública y características del Sistema General de Seguridad Social en Salud que puedan ser acogidas de acuerdo a la priorización de necesidades en el municipio. (Ministerio de Salud, Lineamientos PAB 2000, Bogotá, Enero 2000).
- Municipios saludables, estrategia basada en implementación de acciones colectivas para mantener las condiciones de salud y desarrollo municipal.
- Escuelas saludables, estrategia que permite la construcción de espacios saludables dirigidos a la población escolar.
- Promoción de la convivencia pacifica y prevención de la violencia intrafamiliar; en donde se pretende fomentar la cultura de la convivencia pacífica en la familia y la comunidad.
- Prevención del uso de sustancias psicoactivas nocivas para la salud.
- Promoción de la salud sexual y reproductiva.
- Promoción de la alimentación sana y prevención de los problemas derivados de la malnutrición.
- Proyectos de atención a las personas discapacitadas.
- Proyectos dirigidos a trabajadores informales.
- Estrategias de información, educación y manejo de medios masivos.

2. Prevención de la Enfermedad.

“Actividades e intervenciones y procedimientos que se realizan para evitar que las enfermedades aparezcan, se prologuen, ocasionen daños o generen secuelas evitables.” Tomado del Ministerio de Salud, resolución 04288 de 1.996, capítulo I.

Proyectos y estrategias de prevención priorizados por el Ministerio de Salud que deben ser tenidas en cuenta en los Planes de Atención Básica PAB municipales:

- Vacunación, estrategia muy efectiva para el control y erradicación de las enfermedades inmunoprevenibles y permite aumentar años de vida saludable.
- Salud bucal: Esta actividad deberá articularse en la estrategia de Escuela Saludable.
- Orientación e identificación de la población hacia el diagnóstico temprano con la realización de la búsqueda activa de casos, convivientes y contactos y dar oportunamente tratamiento a las siguientes patologías infectocontagiosas como: Tuberculosis, lepra y enfermedades transmitidas por vectores ETV como: malaria, Dengue, Chagas y Leishmaniasis.
- Estrategia de inducción a la demanda para todas las intervenciones, actividades y procedimientos de protección especifica.
- Tamizaje de salud visual en niños y niñas escolares menores de 12 años en establecimientos públicos y de beneficencia.
- Estrategia de detección temprana de infección respiratoria agua y enfermedad diarreica aguda severa, se deberá impulsar la creación de Unidades de rehidratación oral Comunitarias –UROCS- y las Unidades de Atención de Infección Respiratoria Agudas Comunitarias- UAIRAS.

3. Vigilancia en Salud Pública.

“Actividades orientadas a la identificación, seguimiento y control de los principales de riesgo biológico, de comportamiento y del ambiente, así como la observación y análisis de los eventos de salud que ellos ocasionan”. Tomado del Ministerio de Salud, resolución 04288 de 1.996, capítulo 1.


Los eventos de salud a ser vigilados en el municipio fueron organizados en los siguientes componentes:
- Vigilancia de eventos transmisibles de alto poder epidémico y de fuente común.
- Vigilancia de la mortalidad evitable.
- Vigilancia de coberturas de acciones de protección específica y detección temprana.
- Vigilancia de enfermedades crónicas no transmisibles.
- Factores de riesgo del ambiente, consumo y del comportamiento.
- Vigilancia de eventos especiales en salud.
- En todo municipio se deberá conformar comités de vigilancia en Salud Pública – COVE-

4. Gestión en Salud Ambiental.

Aquellas acciones que buscan la protección de la salud interviniendo los factores de riesgo originados en el ambiente contemplados en la Ley 9 de 1.979. Ver Ley 715

Se consideran de carácter obligatorio los procedimientos relacionados con:
- Agua para el consumo humano.
- Procesamiento de alimentos.
- Producción, comercialización, uso manejo, tratamiento, disposición y eliminación de sustancias químicas.
- Tratamiento y disposición de residuos sólidos y líquidos.
- Vigilancia de la calidad de aire y niveles de ruido.
- Control de vectores y vigilancia entomológica (estudio de vectores).
- Actividades relacionadas con la prevención, vigilancia y control de las zoonosis.
- Vigilancia y control de establecimientos públicos, puertos, aeropuertos y terminales terrestres.
- Vigilancia de los factores de riesgo a que esta expuesta la población, especialmente la del sector informal de la economía y los trabajadores independientes.
- Investigación y control de brotes y epidemias.

5. Gestión.

Es la responsabilidad que tienen los municipios y sus representantes en la ejecución de actividades y recursos del Plan de Atención Básica, busca una administración eficiente de los recursos financieros, técnicos, tecnológicos y de talento humano. Así como también ejercer vigilancia, control y evaluación de las actividades propuestas en los Planes Operativos Anuales- POA. Ver presentación Power Point

Para lograr una administración eficiente se propone seguir los siguientes pasos:
- Formulación del documento PAB, el cual responde a un análisis y priorización de las necesidades de Salud Pública concertada de alternativas de solución.
- Administración de los recursos físicos, técnicos y tecnológicos disponibles en el municipio, se deberá levantar un inventario de los mismos, formular un plan de desarrollo para el corto, mediano y largo plazo lo que permitirá el fortalecimiento y desarrollo de estas áreas.
- Desarrollo del talento humano, en lo posible las actividades del PAB las debe desarrollar talento humano calificado en acciones de salud pública definidas en la resolución 04288/96.
- Vigilancia y control de la aplicación de los recursos, de manera permanente que garantice que las instituciones, personas, organizaciones contratadas para ejecutar los proyectos cumplan con las normas y requisitos mínimos exigidos.

Para lograr la inspección, vigilancia y control de la aplicación de los recursos del PAB y sus actividades el equipo intersectorial del PAB realizará coordinación e integración con la Red de Controladores y Veedurías Ciudadanas conformadas en el municipio (Decreto 1416 de 1.990).
- Evaluación de las intervenciones de Salud Pública, orientadas hacia la verificación de los procesos y cumplimiento de las actividades programadas, metas propuestas e incluir evaluación del impacto de las intervenciones.
- Fortalecimiento de la capacidad resolutiva en materia de Salud Pública de las direcciones locales de salud, a nivel municipal se deben conformar equipos sólidos interdisciplinarios, capaces de afrontar la gestión y ejecución de las actividades del PAB en el municipio.

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